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Ley "devuélveme mi casa": ¿Me la devolverán?

Foto del escritor: Carlos CordovaCarlos Cordova

Actualizado: 1 jul 2022



Gran expectación ha causado entre los dueños de propiedades la nueva ley "devuélveme mi casa". ¿Qué tan efectiva será y en qué medida mejorará la engorrosa ley actual?

Veámoslo!


Todos hemos escuchado o conocemos a alguien que tiene una propiedad en arriendo, no le pagan y llevan varios años tratando de desalojar a sus inquilinos. Al final de ese largo camino legal y burocrático, se logra el desalojo, solo para encontrarse con una millonaria deuda de arriendos impagos, gastos comunes y cuentas de servicios pendiente. También hemos visto cómo devuelven propiedades completamente deterioradas y dañadas.


Con la actual legislación, los juicios pueden tardar años (sobre todo si no se cuenta con contratos de arriendo debidamente formalizados), para luego ejecutar un desalojo complejo en el que deben concurrir un carabinero y un receptor municipal. En el mejor de los casos, al menos un año para materializar un desalojo.


¿Qué dice la nueva ley?


La nueva ley establece un procedimiento acelerado de restitución del inmueble y procedimiento monitorio de cobro de deudas (Sí, también contempla el pago de las deudas). Una vez presentada la demanda por parte del arrendador, el juez tiene un plazo de 2 a 3 días para revisar los antecedentes y sancionar el desalojo. Luego viene la notificación, que se hará a cualquier persona adulta que se encuentre en el domicilio o en el lugar de trabajo del demandado. Finalmente, si dentro de 10 días, el arrendatario no hace el pago total de la deuda, intereses y costas, se ordenará el alzamiento (desalojo).


Con todo, se estima un plazo de 1 a 2 meses para la devolución de la propiedad si el arrendatario no presenta oposición.


¿Qué necesitamos tener para facilitar el juicio?

  • Contrato escrito (idealmente con firmas legalizadas ante notario)

  • Comprobantes de ingreso. Con las cartolas bancarias que demuestren un comportamiento irresponsable en el pago es suficiente

  • Acta de entrega de la propiedad en arriendo

  • La demanda debe ser patrocinada por un abogado


¿En qué está la nueva ley?


El miércoles 8 de abril, la Cámara de Diputados despachó la ley. Durante el mismo mes de abril, se informó que no se hará uso del veto presidencial.

El 2 de mayo la Cámara de Diputados envió carta al Tribunal Constitucional (TC) para la revisión de inconstitucionalidad. Actualmente se encuentra en tablas para revisión del TC (ROL 13215-22).

Finalmente, faltaría la publicación en el Diario Oficial (https://www.diariooficial.interior.gob.cl/)


Conclusiones:


Definitivamente la ley "devuélveme mi casa" mejora considerablemente la situación actual y acelera la devolución de las propiedades.


Clave es contar con todos los documentos necesarios para acelerar el proceso y por lo mismos recomendamos asesorarse por expertos en gestión de propiedades. Contáctanos y te haremos una asesoría GRATIS.



PUBLICADA!!!

El 30 de Junio de 2022 fue publicada la ley en el diario oficial. Ya contamos con ley que protege nuestras propiedades.




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